Posted in Bodas Celtas

El matrimonio entre los antiguos pueblos indo-europeos

El trabajo de investigación consiste en una descripción y examen comparativo de las prácticas matrimoniales
de los celtas y otros pueblos indo-europeos, tratando de detectar similitudes y diferencias.

George Dumézil ha creído detectar en los dos extremos geográficos del antiguo mundo indo-europeo, el de los indo-arios y el de los celtas, formas de matrimonio que pudieran concordar con el tri-funcionalismo ideológico, social y religioso de esos pueblos propuesto por él mismo, y cree también que las cuatro primeras formas de matrimonio legal en la antigua India, brahman, daiva, arsa y prajapatya, todas ellas oficiales y registradas en el Código de Manu (Manavadharmasastra), corresponden a las tres de la antigua Roma.

En los códigos legales de la antigua Irlanda céltica están registradas nueve clases de matrimonio

  1.  La mujer, al igual que el hombre, entra al matrimonio sobre la base de igualdad financiera;
  2.  La mujer contribuye con muy poco o nada al matrimonio;
  3.  El hombre contribuye con muy poco o nada al matrimonio;
  4.  Cuando el hombre cohabita con una mujer en el hogar de ésta;
  5.  Cuando una mujer se fuga abiertamente con un hombre sin el consentimiento de sus familiares;
  6.  Cuando una mujer consiente en ser raptada sin el conocimiento y consentimiento de sus familiares;
  7.  Cuando la mujer es visitada en secreto sin el conocimiento de sus familiares;
  8.  Matrimonio por medio de, o tras una violación;
  9.  El matrimonio entre personas insanas.

Estos nueve tipos de matrimonio de las antiguas leyes irlandesas son casi idénticos a los nueve tipos descritos en las leyes del País de Gales conocidas como Hywel Dda, y en forma aún más significativa muy parecidos a los ocho tipos de matrimonio de la antigua sociedad indo-europea de la India.

Los nueve tipos de matrimonio en Gales son

  1.  priodas;
  2.  agwedi;
  3.  caradas;
  4.  deu lysuab (que no posee un paralelo en las leyes irlndesas);
  5.  llathlut goleu;
  6.  llathlut twyll;
  7.  beichogi twyll wwreic Iwyn a phertlr;
  8.  kynnwedi ar litv ac ar oleu (esta variedad especifica la unión tras el rapto de una mujer sin el consentimiento de ésta, y corresponde a la n.° 8 de Irlanda; y
  9. twyll morwyn.

Dos de estas leyes matrimoniales de los antiguos celtas de Irlanda y Gales coinciden exactamente con dos de la India: lánamnas écne  o «matrimonio por la fuerza», equivalente al raksasa hindú, y seducción «por engaño» o lánamnas tothla, exactamente igual al aisaca de la India.

Un tercer tipo de matrimonio irlandés, descrito en algunas crónicas como «la unión aceptada tras la invitación del varón», puede ser también equiparado al gandharva o «voluntaria unión de una doncella y su amante» de la India indo-europea. El número total de formas legales de matrimonio es incluso el mismo, ocho en cada lugar, ya que los estudios de Binchy al respecto han indicado que dos de las uniones de Irlanda son probablemente una adición realizada en una época posterior.

Thurneysen ha profundizado en este tema y hallado claras semejanzas entre los códigos legales de la antigua India (especificados en el Manavadharmasastra) y los de la antigua Irlanda (conservados en manuscritos medievales de los siglos VI y vil), especialmente en lo que concierne a las formas y categorías de matrimonios legales. Estos hallazgos han sido confirmados posteriormente por Binchy, Myles Dillon and Nora Chadwick, y Charles-Edwards, quien extendió el estudio al céltico País de Gales.

En cuanto al divorcio, en la legislación céltico-irlandesa estaba permitido en un amplio número de casos y por muchas razones. Una mujer podía divorciarse de su marido si éste, por ejemplo, se había vuelto rudo y violento, y la azotaba; si él, sin el consentimiento de ella, se iba con otra mujer (en cuyo caso la esposa divorciada poseía automáticamente el derecho a quedarse con la casa y los enseres allí contenidos); si él había pronunciado mentiras o hecho circular sátiras acerca de ella; si él la había engañado y  atraído al matrimonio por medio de mentiras que luego habían sido descubiertas.

Otras razones por las que la mujer podía obtener un divorcio automático eran: un marido impotente, o que se había vuelto tan obeso que era incapaz de realizar el acto sexual; o que se había vuelto homosexual practicante con otros hombres o muchachos; o que se había mostrado incapaz de engendrar hijos.

Fuentes: M. Alberro /Formas de matrimonio entre los antiguos celtas y otros pueblos indo-europeos

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